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	<title>Comments on: ¿Quien y Como Registrar una Web en el Registro Marcantil?</title>
	<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/</link>
	<description>Servicios de Posicionamiento en Buscadores y Promocion Web</description>
	<pubDate>Thu, 04 Dec 2008 22:52:48 +0000</pubDate>
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		<title>By: angel</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-14332</link>
		<dc:creator>angel</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 23 Jun 2007 17:27:50 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-14332</guid>
		<description>Por cierto, curioseando por ahi he encontrado unas utilidades bastante chulas para vigilar el posicionamiento de la competencia y ver si tienen trucos, etc. Si teneis curiosidad os aconsejo que le eheis un vistazo. Aparentemente son gratis: &lt;a href="http://www.lineared.com/es/recuperar/datos-posiciones-google-msn-yahoo.htm " rel="nofollow"&gt;http://www.lineared.com/es/recuperar/datos-posiciones-google-msn-yahoo.htm &lt;/a&gt;</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Por cierto, curioseando por ahi he encontrado unas utilidades bastante chulas para vigilar el posicionamiento de la competencia y ver si tienen trucos, etc. Si teneis curiosidad os aconsejo que le eheis un vistazo. Aparentemente son gratis: <a href="http://www.lineared.com/es/recuperar/datos-posiciones-google-msn-yahoo.htm " rel="nofollow"></a><a href="http://www.lineared.com/es/recuperar/datos-posiciones-google-msn-yahoo.htm" rel="nofollow">http://www.lineared.com/es/recuperar/datos-posiciones-google-msn-yahoo.htm</a></p>
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		<title>By: Javier Prenafeta</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13903</link>
		<dc:creator>Javier Prenafeta</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 May 2007 07:19:15 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13903</guid>
		<description>Efectivamente, no. Está claro que estás sujeto a la LSSI y deberás declarar dichos ingresos, pero eso es independiente de la inscripción en el Registro Mercantil.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Efectivamente, no. Está claro que estás sujeto a la LSSI y deberás declarar dichos ingresos, pero eso es independiente de la inscripción en el Registro Mercantil.</p>
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		<title>By: alicia</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13875</link>
		<dc:creator>alicia</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 May 2007 19:31:48 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13875</guid>
		<description>Yo creo que no, porque por ejemplo los autonomos no estan obligados a registrarla, a no ser que por otras razones esten inscritos en el Registro mercantil. Es mas los autónomos no tenemos nuestra actividad inscrita en el registro. 

Que nos diga Javier que es el experto :)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Yo creo que no, porque por ejemplo los autonomos no estan obligados a registrarla, a no ser que por otras razones esten inscritos en el Registro mercantil. Es mas los autónomos no tenemos nuestra actividad inscrita en el registro. </p>
<p>Que nos diga Javier que es el experto <img src='http://aliciapac.com/blog/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /></p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: Pedro</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13874</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 May 2007 19:18:51 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13874</guid>
		<description>Uhmm, ¿Y si tienes publicidad en tu pagina web?

En ese caso, en teoria, estarias realizando una actividad economica y deberías estar inscrito en el Registro Mercantil, con lo que ya deberias añadir tu dirección web.

Esta es una cosa que no me acaba de quedar del todo clara con la LSSI.

¿Opiniones? ;-)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Uhmm, ¿Y si tienes publicidad en tu pagina web?</p>
<p>En ese caso, en teoria, estarias realizando una actividad economica y deberías estar inscrito en el Registro Mercantil, con lo que ya deberias añadir tu dirección web.</p>
<p>Esta es una cosa que no me acaba de quedar del todo clara con la LSSI.</p>
<p>¿Opiniones? <img src='http://aliciapac.com/blog/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';-)' class='wp-smiley' /></p>
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	<item>
		<title>By: Carlos</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13765</link>
		<dc:creator>Carlos</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 May 2007 20:23:47 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13765</guid>
		<description>Enhorabuena por el post.

Es claro y conciso. Desde luego mientras no modifiquen la ley, como comentan Miguel y Javier, es una buena mini-guía para el cumplimiento de la misma.

Me ha gustado mucho el formato de FAQ's :-)

Un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Enhorabuena por el post.</p>
<p>Es claro y conciso. Desde luego mientras no modifiquen la ley, como comentan Miguel y Javier, es una buena mini-guía para el cumplimiento de la misma.</p>
<p>Me ha gustado mucho el formato de FAQ&#8217;s <img src='http://aliciapac.com/blog/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':-)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Un saludo.</p>
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	<item>
		<title>By: Javier Prenafeta</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13762</link>
		<dc:creator>Javier Prenafeta</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 May 2007 16:06:02 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13762</guid>
		<description>Gracias Alicia :)

Cierto como dice Miguel que la obligación está previsto desaparezca. En mi opinión el motivo no es que se incumpla, que es una realidad, sino que se han dado cuenta de que no sirve para nada y que además se está dando entrada al Registro una información cuya validez no se contrasta.

Pero claro, de momento hay que cumplirlo, y además también puede ser que finalmente esta modificación se eche para atrás.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias Alicia <img src='http://aliciapac.com/blog/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Cierto como dice Miguel que la obligación está previsto desaparezca. En mi opinión el motivo no es que se incumpla, que es una realidad, sino que se han dado cuenta de que no sirve para nada y que además se está dando entrada al Registro una información cuya validez no se contrasta.</p>
<p>Pero claro, de momento hay que cumplirlo, y además también puede ser que finalmente esta modificación se eche para atrás.</p>
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	<item>
		<title>By: alicia</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13758</link>
		<dc:creator>alicia</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 May 2007 11:50:23 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13758</guid>
		<description>Javier confiaba que escribieras! :) Además no me convencía nada el tema de sir sin ningún tipo de identificación al registro. De todas formas ni en www.rmc.es y lssi.es, dejan nada claro la verdad!

Aprovecho para darte la enhorabuena por el articulo de ayer del Heraldo! Estás cerando escuela.. :)

Miguel, a ver si al final lo quitan entonces, mientras tanto habrá que morir al palo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Javier confiaba que escribieras! <img src='http://aliciapac.com/blog/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> Además no me convencía nada el tema de sir sin ningún tipo de identificación al registro. De todas formas ni en <a href="http://www.rmc.es" rel="nofollow">www.rmc.es</a> y lssi.es, dejan nada claro la verdad!</p>
<p>Aprovecho para darte la enhorabuena por el articulo de ayer del Heraldo! Estás cerando escuela.. <img src='http://aliciapac.com/blog/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Miguel, a ver si al final lo quitan entonces, mientras tanto habrá que morir al palo</p>
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		<title>By: Miguel A. Mata</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13757</link>
		<dc:creator>Miguel A. Mata</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 May 2007 10:48:45 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13757</guid>
		<description>Buenos días, Alicia,

sabe que hace poco leí el borrador de la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información y una de las novedades que incorpora es la eliminación de esta obligación para las empresas que presten servicios de la Sociedad de la Información. Al parecer sirve para poco, algo con lo que estoy completamente de acuerdo.

A continuación reproduzco lo establecido en la Exposición de Motivos de la mencionada Ley:

"La segunda modificación de calado prevista en el borrador de anteproyecto de ley, es
la supresión de la obligación establecida en el artículo 9 sobre constancia registral de
los nombres de dominio, dado que se ha revelado como poco operativa desde un
punto de vista práctico".

Un saludo,

Miguel A. Mata</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días, Alicia,</p>
<p>sabe que hace poco leí el borrador de la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información y una de las novedades que incorpora es la eliminación de esta obligación para las empresas que presten servicios de la Sociedad de la Información. Al parecer sirve para poco, algo con lo que estoy completamente de acuerdo.</p>
<p>A continuación reproduzco lo establecido en la Exposición de Motivos de la mencionada Ley:</p>
<p>&#8220;La segunda modificación de calado prevista en el borrador de anteproyecto de ley, es<br />
la supresión de la obligación establecida en el artículo 9 sobre constancia registral de<br />
los nombres de dominio, dado que se ha revelado como poco operativa desde un<br />
punto de vista práctico&#8221;.</p>
<p>Un saludo,</p>
<p>Miguel A. Mata</p>
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	<item>
		<title>By: Javier Prenafeta</title>
		<link>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13756</link>
		<dc:creator>Javier Prenafeta</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 May 2007 10:46:57 +0000</pubDate>
		<guid>http://aliciapac.com/blog/2007/05/24/%c2%bfquien-y-como-registrar-una-web-en-el-registro-marcantil/#comment-13756</guid>
		<description>Me duele ser tan previsible en estas cosas.

Sobre el modelo de comunicación, en realidad debe firmarlo el representante legal de la empresa y habría que añadir los datos de ésta (razón social, escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil para que se pueda practicar el correspondiente asiento).

En la práctica, además, el Registro no lo admitirá sin una legitimación de firma, así que antes hay que pasar por el Notario con la escritura de constitución de la sociedad o de apoderamiento.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Me duele ser tan previsible en estas cosas.</p>
<p>Sobre el modelo de comunicación, en realidad debe firmarlo el representante legal de la empresa y habría que añadir los datos de ésta (razón social, escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil para que se pueda practicar el correspondiente asiento).</p>
<p>En la práctica, además, el Registro no lo admitirá sin una legitimación de firma, así que antes hay que pasar por el Notario con la escritura de constitución de la sociedad o de apoderamiento.</p>
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